derecho extrapatrimonial ejemplo

51-60. 57-100. Si la partición incluye bienes registrables (por ejemplo, inmuebles), la misma solo es oponible a los terceros, desde su inscripción en los registros respectivos. 259-296. De este modo, contactos o interacciones corporales de carácter sexual distintos de la cópula podrán ser considerados conductas que contravienen el deber de fidelidad. La casación en el fondo fue rechazada por la Corte Suprema: Pinto con Rojas (2014), Corte Suprema 30 de diciembre de 2014, rol Nº 10.622-2014, (casación en el fondo). 35Seguimos los argumentos que plantea Rodríguez (2009), pp. 249-265. Hay que tener en cuenta que esta desviación del deber matrimonial hacia el derecho constitucional es la forma en que la Corte de Casación ha estado intentando soslayar la disposición del art. 234-240; y para la legislación chilena: Vargas (2015), pp. La asignación de daño no patrimonial o extrapatrimonial abarca los casos en que el daño afecta a la persona en sí misma, independientemente de que pueda también hacerlo o no al patrimonio de ésta. ), Estudios de Derecho Civil X, Jornadas Nacionales de Derecho Civil, Valparaíso 2014 (Santiago, Thomson Reuters ), pp. 343-356. [ Links ], M.R.J.P. 105-119. [ Links ], Severin Fuster, Gonzalo (2011a): “Indemnización entre cónyuges por los daños causados con ocasión del divorcio”, en: Corral, Hernán et al. En este caso, podrían estar los hijos del cónyuge ofendido. y p. 345. Cualquier deslealtad o acto de descrédito del otro cónyuge o incluso la falta de prestación del llamado “débito conyugal” quedarían calificadas como incumplimientos del deber de fidelidad32. Corte Suprema, 12 de enero de 2015, rol Nº 25648-2014 (casación en el fondo). En el mismo sentido, González (2014), p. 83. En Chile, haciendo ver que el carácter ético no priva a estos deberes de su juridicidad, Vargas (2015), p. 65. Pero no alcanzamos a ver qué diferencia puede existir entre exigir prueba de un daño sufrido por la cónyuge ofendida por la infidelidad y requerir, como hace la sentencia, que ese daño sea una lesión a un derecho fundamental o constitucionalmente protegido. ); el espíritu de la … Finally, it is argued that the thesis that affirms that liability would only proceed when fundamental rights of the innocent spouse are injured is more rhetorical than practical, especially if the non-pecuniary loss of infidelity can always be conceived as an injury to the constitutional rights to mental integrity or honor. La comunidad de vida que implica el matrimonio no solo es de carácter físico, sino también emocional o sentimental. [ Links ], Vidal Olivares, Álvaro (2004): “La compensación económica en la Ley de Matrimonio Civil. [ Links ], Prado con Alcalde (2012). Pero es más, la fidelidad no puede entenderse circunscrita solo al elemento sexual (superada la concepción de la fidelidad como ius in corpus). No obstante, si se tramita primero un juicio por divorcio o separación judicial en el que se ha acreditado el incumplimiento grave y reiterado del deber de fidelidad (arts. 84-87, quien, al entender que el régimen de la responsabilidad contractual se aplica siempre que el daño se causa por un incumplimiento de una obligación previa cualquiera sea su fuente, estima que debiera aplicarse el estatuto de responsabilidad contractual (que él prefiere llamar “obligacional”). Perfil del Título. 1546 del Código Civil. Si esto es correcto, siempre que haya daño significativo por una infidelidad estaremos frente también a una lesión de un derecho fundamental o constitucionalmente protegido: derecho a la integridad psíquica, derecho a la salud, derecho al honor, a la dignidad personal, etc. CMR: Comisión de Mejora Regulatoria. 500-509, para el cual el deber de fidelidad tendría una dimensión negativa y una dimensión positiva. Si el hecho jurídico es realizado solo por una persona se conoce a esta persona por el autor. 69-76. Insistimos en que resulta necesario independizar ambas consecuencias de la infidelidad: una es la de posibilitar la separación judicial (art. ECONOMIA Y SOCIEDAD MAR WEBER. El mismo artículo dispone que el adulterio constituye “una grave infracción al deber de fidelidad que impone el matrimonio” (art. 1768, 1771 y 2483. Tal concepción -tremendamente restringida- ha sido felizmente superada por la doctrina más moderna de la responsabilidad civil, la que advierte que normalmente quien actúa con dolo no busca el perjuicio de otro, sino el beneficio propio37. 589- 605; Valenzuela (2012), pp. sostienen que la responsabilidad civil se generaría solo cuando el incumplimiento del deber conyugal constituya un ilícito agravado, lo que se daría en la medida en que se viole otro estatuto jurídico diverso del matrimonial: ley penal, derechos fundamentales, regulación laboral y otras similares. La relación de causalidad no podrá establecerse sin un juicio de previsibilidad del daño provocado por el adulterio y esto solo se dará salvo cuando el tercero sea una persona próxima y conocedora no solo del vínculo matrimonial, sino de las circunstancias específicas del cónyuge víctima50. Si se afirma que desaparece, se estará asumiendo una posición contraria a la aplicación de la responsabilidad civil por incumplimiento de deberes matrimoniales; si se mantiene, aunque sea con matices, se estará a favor de la aplicabilidad de dicha responsabilidad en caso de infracción dañosa de dichos deberes. [ Links ], Vargas Aravena, David (2009): Daños civiles en el matrimonio (Madrid, La Ley). 3º CPC)52. En fin, posiblemente en el ánimo de mostrar un mayor rigor frente a los empresarios de actividades peligrosas y presuntos causantes directos o indirectos de daños accidentales en el ejercicio de ellas, y mucho debido a un seguimiento excesivamente fiel del derecho francés, la casación colombiana le dio un vuelco, más que a la interpretación misma, al propio texto del … En contra, por entender que esa exigencia constituiría un “privilegio familiar” y por las dificultades probatorias, se pronuncia Lepin (2015), pp. 4º) Si se otorgara indemnización de perjuicios por incumplimiento de deberes conyugales se desnaturalizaría su carácter personalísimo y se daría lugar a una especie de monetarización o patrimonialización de dichos deberes. En un noviazgo o “pololeo” no hay deber jurídico de fidelidad, aunque pueda haberlo moral. A todo lo anterior suelen añadirse argumentos prácticos o de conveniencia. En este caso ofrecemos un modelo de una demanda civil de indemnización por daños y perjuicios. En tal sentido, el concepto civil de dolo no sólo comprende la intención de dañar en sentido estricto, sino en la aceptación voluntaria del ilícito con conciencia de la antijuridicidad de la acción, donde la intención se puede referir tanto a los fines como a los medios. 38En este sentido, señala Barros (2006), p. 160, que “lo común del dolo, entendido como culpa intencional resulta ser la utilización voluntaria del otro para los propios propósitos. : En los últimos años ha crecido en Chile el interés por la aplicación de la responsabilidad civil en las relaciones de familia, y en particular en las originadas por el matrimonio. 486-490; Opazo (2012), pp. Corte de Apelaciones de Talca, 31 de agosto de 2012, rol Nº 133-2012 (apelación). There is consensus that it could proceed in the cases when damages would be compensated even if there were no marriage whatsoever between the offender and the victim. * Correo electrónico: hcorral@uandes.cl. Por ello actúa dolosamente todo aquel que tiene conciencia de estar obrando ilícitamente y con conciencia del daño que su actuación causará a otra persona, aunque lo haga directamente para obtener una gratificación personal38. 436-437. Tienen toda la razón, el problema es que nadie ha sostenido que la responsabilidad civil pueda surgir del mero incumplimiento de una obligación o deber contractual o legal. 9Se apunta que la indemnización en definitiva “castiga a los que se casan”, de modo que se produciría un incentivo a no ingresar al estatuto matrimonial por el mayor costo que ello implicaría: confróntese con Barcia y Rivera (2015), p. 26. Me parece muy interesante su posición, a esto quisiera que me oriente, ingresé a una institución de salud en mayo del 2011 y tuve una interrupción de labor durante el mes de enero 2012, y reingresé en febrero hasta la fecha, con este ejemplo le pregunto si los meses laborados anteriormente son acumulativos y si tengo derecho a vacaciones, pues me … 56Míguez (2012), p. 200. ), Estudios de Derecho Civil VIII (Santiago, Thomson Reuters ), pp. 29Para la distinción entre deberes y obligaciones en el matrimonio, puede verse a González (2014), pp. No es requisito de la demanda que el matrimonio esté disuelto por divorcio o que haya sido decretada la separación judicial de los cónyuges. 6º. 22Emil (2016), pp. [ Links ], Corral Talciani, Hernán (2014): “La incipiente jurisprudencia chilena sobre daños en la familia”, en: Revista de Derecho de Familia (Nº 4), pp. 10En este sentido, Lepin (2015), pp. La inhabilidad para alegar el adulterio se refiere solo al proceso de separación judicial y no puede ser extendida a otros ámbitos. Luego de la modificación del art. … Aclarada la compatibilidad entre Derecho de Familia y régimen jurídico de reparación de daños civiles, resulta conveniente detenerse brevemente en la relación entre este último y la procedencia de las regulaciones de la ruptura del matrimonio. 233-234 [republicado pero con el título “Contra la indemnización de perjuicios por incumplimiento de deberes conyugales”, en Lepin, Cristián y Gómez de la Torre, Maricruz (edits. La única forma de concebir la ilicitud de la conducta del tercero cómplice en la infidelidad sería considerarlo un tercero que coopera o incluso induce al deudor a incumplir el contrato, de modo que respondería por lesión del crédito (de fidelidad). Véase infra sección IV. ARTICULO 3° — Deróganse las siguientes normas: Igualmente, habrá que insistir en que no cabe presumirlo de la sola infracción del deber de fidelidad y que el cónyuge demandante debe probarlo46. Un supuesto bastante alambicado podría darse si el cónyuge víctima que tiene tendencia a sufrir depresiones deja de tomar sus medicamentos y, por ello cuando se entera del adulterio de su marido o mujer cae en una depresión profunda que lo obliga a hospitalizarse. A favor de la incompatibilidad se sostiene que el Derecho de Familia, y dentro de él el Derecho matrimonial, es un derecho especialísimo, en que se regulan conductas y afectos, que escapan del plano patrimonial o económico, por lo que por su misma naturaleza se resiste a que se apliquen las reglas de la responsabilidad civil. La cuestión queda más clara en aquellos ordenamientos jurídicos que han suprimido el divorcio por culpa para mantener una causal única y objetiva. [ Links ], Opazo González, Mario (2012): “El principio de la reparación integral del daño y los daños causados por adulterio”, en: Elorriaga, Fabián (edit. Para otros autores nacionales el estatuto adecuado es el de la responsabilidad extracontractual por tratarse de deberes legales: Bravo (2015), p. 260. ARTICULO 2° — Apruébase el Anexo II que integra la presente ley, y dispónese la sustitución de los artículos de las leyes indicadas en el mismo, por los textos que para cada caso se expresan. Por otra parte, para evitar la litigiosidad excesiva en esta materia bastaría con propiciar una adaptación del régimen de responsabilidad civil al ámbito de confianza y tolerancia de los defectos ajenos que es propio de las relaciones familiares. 18No cabe invocar en contra aquellos fallos que han rechazado los recursos de casación en contra de sentencias de apelación que negaban la procedencia de la responsabilidad civil en casos de incumplimiento de deberes matrimoniales, ya que el rechazo ha sido fundado en razones formales, como la inamovilidad de los hechos probados: Strauch con Rosas (2012) Corte Suprema, 6 de marzo de 2012, rol Nº 778-2011 (casación en el fondo); Prado con Alcalde (2012) Corte Suprema, 13 de junio de 2012, rol Nº 263-2010 (casación en el fondo); o, además, la improcedencia de alegaciones subsidiarias: Ridell con Albornoz (2012) Corte Suprema, 28 de septiembre de 2012, rol Nº 6200-10 (casación en la forma y en el fondo). Pero no se entendería la razón de esta exclusión, ya que es claro que ese tipo de daño moral es expresión del derecho constitucional a la integridad síquica, de modo que, según esta postura, debiera resarcirse, aunque no por el mero incumplimiento del deber de fidelidad, sino por haber provocado una lesión seria a dicho derecho fundamental58. Bastaría, en cambio, comprobar que se ha sufrido daño moral, en la versión tradicional de “menoscabo de un bien no patrimonial que irroga una lesión a un interés moral por una [persona] que se obligaba a respetarlo”44. En el estado actual de la reciente discusión sobre la responsabilidad civil por daños en el matrimonio, parece haberse arribado a un cierto consenso en que el vínculo matrimonial no puede establecer un estatuto de inmunidad frente a la responsabilidad civil cuando se trata de daños que se indemnizarían incluso si no hubiera matrimonio entre el hechor y la víctima. 3), pp. 11Como señala Rodríguez (2009), pp. Quienes pueden pedir la partición de la herencia ? En este último ejemplo sí se estaría atentando contra la salud, la misma que es entendida como una condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, siendo su protección de interés público, razón por la cual toda persona tiene derecho a la protección de su salud en los términos y condiciones … 45Aunque, como recuerda Ruz (2011), p. 440, la indemnización no puede pretender reparar íntegramente el daño causado, sino solo compensar en parte, ello no se da solo en caso de responsabilidad en relaciones familiares, sino en todos los casos de responsabilidad civil en los que se pide una reparación por equivalente pecuniario de un daño extrapatrimonial. Excurso final: sobre la tesis de que solo hay responsabilidad por infidelidad cuando se violan derechos fundamentales. Es difícil concebir que uno de los cónyuges se exponga al daño provocado por la infidelidad del otro. 41En un caso resuelto por la Corte de Talca la mujer demandaba indemnización de perjuicios por cuanto su marido le habría transmitido el virus del papiloma humano, después de contraerlo él mismo en sus relaciones extramaritales: Abarca con González (2012) Corte de Apelaciones de Talca, 31 de agosto de 2012, rol Nº 133-2012 (apelación). Se trata de una aplicación modulada o adaptada a las características propias de la familia, como ámbito de afectos, confianza mutua, solidaridad y comprensión. El legitimado pasivo será el cónyuge que ha cometido la infidelidad. Acreditación: Quienes cumplimenten los requisitos establecidos en el presente Plan de Estudios obtendrán el grado académico de DOCTOR EN DERECHO. La poca jurisprudencia de la que se dispone resulta aún titubeante a nivel de Cortes de Apelaciones17 y sin ningún pronunciamiento claro de la Corte Suprema18. 417-418; Bravo (2015), p. 257, y Vargas (2015), pp. MAX WEBER. [ Links ], Bravo Silva, Daniel (2015): “Responsabilidad civil entre cónyuges y ex cónyuges por hechos cometidos durante el matrimonio: Panorama jurisprudencial en Chile, con especial referencia a la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena de 3 de abril de 2014”, en: Vidal, A.; Severin, G. y Mejías, C. Otra característica de la conducta que puede generar responsabilidad civil por incumplimiento del deber de fidelidad consiste en que para concretarse necesita la colaboración de una tercera persona hacia la cual se dirigen las acciones sentimentales o de connotación sexual que se deben de forma exclusiva al otro cónyuge28. COPROCOM: Comisión para Promover la Competencia. 14Como apunta De Albuquerque (2015), p. 264, “permitir la entrada de la responsabilidad civil en las relaciones de Derecho de Familia no significa monetarizar la dignidad de los partícipes del entorno familiar, sino disponer de una vía jurídica más para salvaguardar derechos fundamentales, incluso por la vía indemnizatoria. 427 del Código de Procedimiento Civil y se tendrán por probados los “hechos declarados verdaderos en otro juicio entre las mismas partes”53. 33De Albuquerque (2015), pp. Al final, la Corte termina admitiendo en el caso la responsabilidad civil del marido. Puede verse un comentario a esta jurisprudencia en De Verda y Beamonte y Chaparro Matamoros (2015), pp. Sobre este tema puede verse a Varas (2011), pp. 115 y ss. 21En contra, Vargas (2015), p. 87, para quien exigir gravedad o reiteración resulta necesario para evitar la proliferación de demandas de responsabilidad civil por simples molestias o daños insignificantes. extrapatrimonial, de carácter no económico. 132-137. Corte Suprema de Casación Nº 18853/2011”, en: Revista Chilena de Derecho Privado (Nº 19), pp. Información sobre el objeto del contrato en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila, reimpresión de la 1a ed. Corte Suprema 13 de junio de 2012”, en: Revista Chilena de Derecho Privado (19, 2012), pp. 4º. 5.5. Se podría contraargumentar diciendo que lo que no se indemniza es el daño meramente moral consistente en el dolor de sentirse engañado por el cónyuge desleal (el llamado pretium doloris)57. 17Al respecto, puede verse Bravo (2015), pp. (coords. Corte Suprema, 28 de septiembre de 2012, rol Nº 6200-10 (casación en la forma y en el fondo). La vulneración de un derecho o el incumplimiento de un deber es una conducta antijurídica, pero ello no implica necesariamente que tal comportamiento ilícito haya causado perjuicios indemnizables. Profesor de Derecho Civil en la Universidad de los Andes (Santiago de Chile), Chile. 134 COT). 3º) No cabe el cumplimiento forzado de dichos deberes, de modo que tampoco debe proceder la indemnización por su incumplimiento5. 19Diversa es la situación cuando se discute la reparación del daño del divorcio en sí mismo y no el producido por el incumplimiento de los deberes conyugales: confróntese con Vargas (2015), p. 59. Download Free PDF View PDF. 2.- En estas circunstancias, (describa los hechos que generaron los … En nuestro país se dio un caso de esta especie en que el marido reclamaba indemnización de perjuicios por el adulterio de su mujer con un tercero, producto del cual la hija que le fue atribuida por la presunción de paternidad resultó ser hija biológica del amante de su mujer, de lo cual se enteró cuando se produjo la separación de hecho del matrimonio. Los autores que se muestran reacios o directamente contrarios a considerar aplicable la responsabilidad civil al incumplimiento de deberes conyugales así lo afirman1. 132-137. A todo lo anterior deben añadirse, merced a los avances de la tecnonología, las infidelidades virtuales, que se cometen utilizando las nuevas formas de comunicación a distancia o las llamadas redes sociales. Algunos autores coinciden en que es daño moral todo sufrimiento humano que no es causado por una pér-dida pecuniaria, pudiendo ser un sufrimiento físico, en cuyo caso la indem-nización que lo compensa recibe el nombre de pretium doloris, o un sufri- [ Links ], Barcia Lehmann, Rodrigo y Rivera Restrepo, José M. (2015): “¿En qué casos el incumplimiento de deberes del matrimonio genera responsabilidad civil?”, en: Revista Ius et Praxis (Nº 21, vol. [ Links ], Ruz Lártiga, Gonzalo (2011): “La reparación integral del daño: ¿mito o realidad?”, en: Corral, Hernán et al. ), El nuevo derecho chileno del matrimonio (Ley Nº 19.947 de 2004) (Santiago, Editorial Jurídica de Chile ), pp. No así el daño y la relación de causalidad, elementos que deberán ser probados por el o la cónyuge demandante en el proceso civil. Derecho de Familia y Derecho de la Responsabilidad Civil: ¿incompatibilidad o complementariedad? La intención del legislador fue clarificar la procedencia del divorcio en caso de relaciones homosexuales para que no se interpretara que ellas no cabían en el concepto tradicional de infidelidad. 2330 del Código Civil, no parece aplicable en la práctica en estos casos, porque no se trata aquí, como a veces se cree, de las culpas en el quiebre de la relación matrimonial que pueden ser compartidas con una especie de “empate” de incumplimientos maritales: “el marido fue adúltero pero ello se debió a culpa de la mujer que se preocupaba más de los niños que de su cónyuge”48, sino de la exposición imprudente al daño que provoca la infidelidad49. En estos casos, la indemnización no pretende reparar completamente el daño sufrido, pero sí atenuarlo o compensarlo14. La Corte Suprema rechazó el recurso de casación por considerar que se estaban impugnando los hechos ya establecidos sin que se hubieran denunciado infracciones a las leyes reguladoras de la prueba: confróntese con Prado con Alcalde (2012) Corte Suprema, 13 de junio de 2012, rol Nº 263-2010 (casación en el fondo), cons. Concluimos, pues, que debe tratarse de una infidelidad sexual o a lo menos sentimental33. 27Pensamos que si se trata de infracciones a los deberes conyugales que no serían ilícitas de no haber matrimonio entre el autor y la víctima, debería aplicarse el estatuto del incumplimiento contractual, pero es cierto que esos deberes son también legales, y para la mayoría de la doctrina actual, el incumplimiento de obligaciones legales da lugar a la responsabilidad extracontractual, con lo cual se daría un concurso de responsabilidades que debería resolverse dando la opción a la víctima entre uno u otro régimen: confróntese con Corral (2013), pp. Los daños indirectos no se indemnizan. Se aplicará así la norma del inciso 2º del art. Por ello, no cabría aplicar a un juicio de indemnización de perjuicios por incumplimiento del deber de fidelidad la norma del inciso segundo de dicho art. CNC: Comisión Nacional del Consumidor. La Corte Suprema en fallo reciente, después de citar esta definición, indica: “En este sentido, el daño moral consiste, equivale y tiene su fundamento en el sufrimiento, dolor o molestia que el hecho ilícito ocasiona en la sensibilidad física o en los sentimientos o afectos de una persona”: confróntese con Ravelo con Express de Santiago Uno S.A. (2015) Corte Suprema, 26 de agosto de 2015, rol Nº 2599-2015 (casación sentencia de reemplazo), cons. Para pedir la indemnización de los perjuicios bastará que se trate de una infidelidad de cierta gravedad, pero no es necesario que la transgresión del deber de fidelidad sea “reiterada”, lo que sí se exige para dar lugar al divorcio por falta imputable, según el art. ARTICULO 3° — Deróganse las siguientes normas: 28De hecho, la palabra “adulterio” (adulterium) viene de las expresiones latinas “ad” (cerca de) y “alterum” (otro). 1. [ Links ], Sambrizzi, Eduardo (2001): Daños en el Derecho de Familia (Buenos Aires, La Ley). El principio de socialización del proceso y los procesos de familia 3. (edits. Nivel: Posgrado Modalidad: Presencial, Plan de Estudios semiestructurado. 132-133. Elementos de la responsabilidad civil aplicados a la infidelidad conyugal. Tampoco son convincentes los argumentos prácticos o de conveniencia. Tampoco se exige que se pruebe daño o perjuicio, basta la prueba del incumplimiento marital con las exigencias señaladas por la Ley de Matrimonio Civil. ARTICULO 1° — Apruébase el Código Civil y Comercial de la Nación que como Anexo I integra la presente ley. Corte Suprema, 14 de octubre de 2011, rol Nº 4392-2011 (casación en la forma de oficio). Así, por ejemplo, en el derecho de uso y habitación, derecho personalísimo por excelencia, el legislador ha prohibido expresamente su transferencia y transmisión en el artículo 819 CC. ), Estudios de Derecho Civil V: Familia y Derecho Sucesorio (Santiago, Abeledo-Perrot ), pp. 26-27. ¿Alguien podría sostener que la persona atropellada por un camión sólo puede obtener resarcimiento del daño sufrido en la medida en que acredite que ha padecido una lesión al derecho constitucional a la integridad física y síquica? 4.- Obligación Extrapatrimonial: Estas podrían ser susceptibles de evaluarse pecuniariamente. Por su parte, Kemelmajer (2015), p. 219, hace ver que su opinión contraria a la procedencia de daños por infidelidad conyugal se fundamenta, no en la eliminación del divorcio causado, sino en que el nuevo art. BELTIAS ARMANDO VARGAS PEDREROS. [ Links ], Varas Braun, Juan Andrés (2011): “Responsabilidad aquiliana por el ejercicio de acciones judiciales”, en: Corral, Hernán et al. El art. Barcia Lehmann, Rodrigo (2011): Fundamentos del Derecho de Familia y de la Infancia (Santiago, Thomson Reuters). Habría que pensar si es posible que también puedan demandar víctimas por repercusión, que sufren daño por el daño causado a la víctima directa. pues el efecto del acto puede consistir en una potestad y no en un derecho subjetivo11 No concordamos con este alcance, pues las potestades originan también derechos subjetivos. 83-84, el hecho de que los deberes familiares tengan un fundamento ético no implica que ellos no hayan sido convertidos en preceptos jurídicos que, aunque de naturaleza personalísima y sin posibilidad de ejecución coactiva, obligan a lo menos inicialmente al infractor a indemnizar los daños que se hubieren producido. Se postula que la responsabilidad civil puede tener lugar en cuanto instrumento reparatorio si se verifican sus requisitos propios, siempre que el incumplimiento sea serio, doloso y genere daños que superen el umbral de tolerancia de las relaciones en familia. 26 y siguientes de la ley Nº 19.947, de 2004. [ Links ], Emilo Jalil, Julián (2016): “El daño moral derivado de la disolución del matrimonio o de las uniones convivenciales en el nuevo Código Civil y Comercial”, en: Revista de Responsabilidad Civil y Seguros (año XVIII, 3), pp. ¿Un nuevo régimen de responsabilidad extracontractual?”, en: Revista de Derecho Universidad de Concepción (215-216), pp. 249-265, y Corral (2014), pp. El derecho matrimonial (Santiago, Thomson Reuters ). 241-269, y Vargas (2015), pp. No habiendo reglas especiales, se aplicarán las normas del procedimiento ordinario (art. Conceptualización que permite distinguir entre el daño en sentido amplio (la lesión a un derecho o un interés extrapatrimonial) y el daño en sentido estricto (sus consecuencias o perjuicios); lo que implica que una cuestión … Surge la duda de si podría demandarse también al cómplice en esa infracción, obviamente siempre que fuera consciente de que su copartícipe estaba casado y podía prever el daño que se causaría. En el Derecho argentino, después de la entrada en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de 2015, se sostiene que el daño moral generado por hechos producidos en el seno de la familia goza de una presunción iuris tantum: Fumarola (2015), p. 38. 2º) Los deberes matrimoniales son esencialmente éticos, de modo que su transgresión no genera todas las consecuencias que se darían si se tratara de genuinos deberes jurídicos4. Por otro lado, para que proceda la causal de divorcio no es necesario que el incumplimiento de deberes matrimoniales haya producido daño o perjuicio moral en el cónyuge inocente. 47González (2014), pp. ), Estudios de Derecho Civil X (Santiago, Thomson Reuters ), pp. Pero tampoco hay que extremar las cosas y sostener que solo puede indemnizarse el adulterio cuando produzca daños diversos al dolor y a la lesión de la dignidad o la integridad psíquica del cónyuge agraviado. La polémica se concentra, en consecuencia, en la lesión de derechos o intereses que derivan del propio estatuto matrimonial. 51Esto después de que la Ley Nº 20.286, de 2008, modificara el artículo 8º de la Ley Nº 19.668, de 2004, y eliminara una cláusula abierta de competencia establecida en el Nº 19 de dicha norma que decía que dichos tribunales eran competentes para conocer de “toda otra cuestión personal derivada de las relaciones de familia”. Pueden pedir la partición, los herederos y/o copropietarios de la masa hereditaria indivisa y los cesionarios de sus derechos. Sería como ponerle precio en dinero a la fidelidad, la ayuda mutua, el respeto y protección recíprocos, etc.6. En el caso de Usuarios domiciliados en Brasil, la Tarifa de Anticipo de Cuentas … Por cierto, ese tipo de conductas omisivas podrá constituir infracción de otros deberes conyugales, como el de cohabitación o ayuda mutua. [ Links ], Otárola Espinoza, Yasna (2013): “La culpa en materia de derecho matrimonial”, en: Domínguez, Carmen y otros (coords. A su vez, tratándose de responsabilidad civil será suficiente que la infidelidad haya causado perjuicios al cónyuge afectado y no se necesitará que se acrediten las requisitos que se prevén para el divorcio por falta imputable, esto es, que se trate de una transgresión grave y reiterada de dicho deber conyugal y que ella torne intolerable la vida en común (art. 589- 605. ARTICULO 2° — Apruébase el Anexo II que integra la presente ley, y dispónese la sustitución de los artículos de las leyes indicadas en el mismo, por los textos que para cada caso se expresan. Quien adultera o es infiel a sus promesas matrimoniales sabe que con ello comete una injusticia en contra de su marido o mujer. Esta descripción puede adaptarse perfectamente a la conducta del cónyuge que mantiene relaciones amorosas con persona distinta de su marido o mujer. Como pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de los intereses legales derivados de la indemnización solicitada, costas y costos del proceso.. III.- FUNDAMENTOS DE HECHO. Corte Suprema, 30 de diciembre de 2014, rol Nº 10622-2014 (casación en el fondo). Un comentario a la sentencia publicado en Chile advierte que la doctrina de la sentencia lleva a concluir que en materia de infidelidad se entrará “en el ámbito de la responsabilidad extracontractual, si la conducta del cónyuge, particularmente grave, ha derivado en la lesión de intereses merecedores de tutela, como lo son la salud física y síquica del consorte traicionado, su integridad moral, su dignidad, su honor, su reputación”56. 54 de la ley Nº 19.947, de 2004)21. En todo caso, para hacer valer la responsabilidad del tercero habría que acreditar una relación de causalidad entre su conducta y el daño sufrido por el perjudicado. Todos ellos pueden resultar eventualmente lesionados —sea en bloque o separadamente— en virtud de un mismo acto vulneratorio, razón por la cual, a continuación, trataré de precisar brevemente la naturaleza de estos derechos potencialmente … Las consecuencias del hecho jurídico es creación, modificación, transferencia, transmisión o extinción de un derecho; Puede intervenir una o dos personas. [ Links ], Ravelo con Express de Santiago Uno S.A. (2015). Las conductas que pueden llegar a configurar una infracción al deber de fidelidad matrimonial son todas positivas, ya que no parece concebible que se pueda ser infiel por una actuación negativa o un mero no hacer. 2En ello incide que el Código Civil reconozca expresamente la procedencia de indemnización en estos casos, como sucede con los arts. 131, 133 y 134). Ha sido catedrático de Derecho Constitucional, Laboral y Tributario, así como de Filosofía y Epistemología en la Universidad Nacional ... desearía saber un ejemplo. Tomamos los datos del comentario de Míguez (2012), pp. con C.O.A.J. [ Links ], Abarca con González (2012). 164-206. La antijuridicidad o ilicitud se configura por la infracción o incumplimiento del deber conyugal de guardarse fe29. Pueden ser humanos o naturales. [ Links ], De Verda y Beamonte, José Ramón y Chaparro Matamoros, Pedro (2015): “La responsabilidad civil en el ámbito de las relaciones de familia en España”, en: Lepin, Cristián y Vargas, David (edits. 164-206; Tapia (2015), pp. Así, por ejemplo, no parece que proceda que la mujer obtenga indemnización porque tuvo el desagrado de presenciar cómo su marido le decía un piropo a su secretaria, ni el marido podrá demandar a la mujer por haber enviado una tarjeta de saludos con cierta insinuación amorosa a un compañero de trabajo. También en el plano patrimonial existen obligaciones que no pueden cumplirse de modo coactivo: obligaciones de hacer cuando la ejecución requiere una calidad personal del deudor u obligaciones de no hacer cuando no puede deshacerse la obra hecha, sin que quepa duda alguna sobre que su incumplimiento sí genera indemnización de los perjuicios causados13. 1.- El demandante es (presente al demandante).. III.1.- Conducta generadora del daño. Palabras clave: Responsabilidad civil; matrimonio; deber de fidelidad. 2), pp. 44Domínguez (2000), p. 84. En estos casos, por cierto, procederá la indemnización civil, pero no parece que estemos reparando daños producidos por el adulterio, sino más bien por la lesión a la salud o por la ocultación maliciosa o negligente de la verdadera paternidad43. Pensamos, sin embargo, que en materia de familia debe exigirse algo más que la mera negligencia. Con anterioridad, la cuestión era discutida: Severin (2011b), pp. Jurisprudencialmente, el Daño Moral se determina por el carácter extrapatrimonial de la afectación y tiene diferentes consecuencias y modos de prueba. Los que se oponen a la responsabilidad civil por incumplimiento del deber de fidelidad parece que piensan que la sola transgresión de este ya haría surgir el derecho a ser indemnizado por el ofendido. Que quiera o no quiera dañarlo o dañarla es irrelevante para los efectos de una responsabilidad civil provocada por una actuación dolosa39. 8º Nº 16 de la ley Nº 19.968 en relación con el art. [ Links ], Vidal Olivares, Álvaro (2006): “La compensación por menoscabo económico en la Ley de Matrimonio Civil”, en: Vidal, Álvaro (coord. El derecho a la imagen está vinculado al derecho a la intimidad y al derecho al honor, entre otros derechos de la personalidad. Por ejemplo, las causales de divorcio por culpa (subjetivas) han sido suprimidas por el reciente Código Civil y Comercial de Argentina (2015), pero la doctrina no duda en afirmar que ello no es óbice para que se pueda seguir afirmando la posibilidad de responsabilidad civil entre los cónyuges, cuando uno de ellos ha causado al otro daños injustos22. 135 y ss., en relación con los accidentes domésticos y basados en el comportamiento más relajado que se da en el ámbito familiar y en la aceptación mutua de las capacidades y defectos de los cónyuges. Corte Suprema, 6 de marzo de 2012, rol Nº 778-2011 (casación en el fondo). 437-441; Herane (2011), pp. Con estas consideraciones previas, hemos de concordar con todos los autores que, queriendo negar la procedencia de la responsabilidad civil en el matrimonio, afirman que no puede admitirse una acción de responsabilidad civil por el solo incumplimiento de un deber conyugal, específicamente por el solo hecho de haber adulterado o infringido el deber de fidelidad matrimonial. Comentando la sentencia de Corte Suprema de 13 de junio de 2012, Etcheberry (2012), p. 218, señala que “no basta con que la legislación aplique sanciones especiales, pues éstas persiguen otro fin, que generalmente se traduce en que las familias puedan arreglar su vida futura, pero dichas sanciones en ningún caso reparan los menoscabos demandados”. Por ello no se infringe el principio de prohibición de doble incriminación (non bis in idem) cuando concurre una sanción civil propia del Derecho de Familia y la indemnización por los daños causados al violarse deberes conyugales10. ARTICULO 3° — Deróganse las siguientes normas: 97-140. 30Barrientos (2011), p. 501, señala a este respecto que se supera la concepción tradicional de la obligación de guardarse fe “como reducida a la simple prohibición de mantener relaciones sexuales con terceros, es decir, circunscrita a la mera exclusión del adulterio, como ligeramente había solido entender la doctrina chilena”. 23En este sentido, Turner (2013), p. 170. No nos parece necesario abordar la cuestión de si se trata de responsabilidad contractual o extracontractual25, porque la diferencia tiene poca relevancia práctica en estas materias26 y, además, porque si se entiende que pueden concurrir ambas responsabilidades, existe la posibilidad de la opción27, o al menos el planteamiento de una acción en subsidio de la otra si se estima que no procede la opción y que debe primar el contrato (art. Las casaciones N° 2978-2011-Lima y N° 3867-2010-Lima no aplicaron adecuadamente las normas jurídicas a los casos propuestos, porque sus argumentos solo se sustentaron en el principio de especialidad del artículo 92 del Código Civil sin tener en cuenta que tal artículo no puede interpretarse aisladamente de la normativa de la invalidez del negocio jurídico. Bien podría ser que el cónyuge víctima solo reclame indemnización de perjuicios y prefiera mantener el vínculo matrimonial, para lo cual, como veremos, se ceñirá a las reglas generales de los procesos de responsabilidad civil20. Esta es una asunción incorrecta que genera muchos malentendidos40. En todo caso, hemos de reiterar, a riesgo de ser calificados de majaderos, que tanto respecto del incumplimiento del deber de fidelidad como de la lesión de un derecho fundamental, no basta que se acredite el hecho ilícito para que se genere responsabilidad civil, sino que es menester que dicho incumplimiento o lesión produzca daños o perjuicios al cónyuge víctima, sea de … Al aceptar estos Términos, reconoces que no tienes derecho a indemnización por ningún daño patrimonial o extrapatrimonial, si Hotmart adopta alguna medida basada en la ley, en estos Términos o en las Políticas de Hotmart, incluso si tienes tu registro o cualquier Producto rechazado, si tienes el acceso a tu cuenta suspendido o interrumpido, si Hotmart rescinde la … Otra de las confusiones que suelen enturbiar esta controversia es la que mezcla dos instituciones que son independientes: la responsabilidad civil por incumplimiento de deberes conyugales, que se propone simplemente reparar el daño injusto, y el divorcio como proceso dirigido a regular una ruptura matrimonial19. Nadie adultera por descuido. Nos parece que ello no es posible, ya que la naturaleza del contrato no permitiría una ampliación de deberes que pasarían a ser de mayor importancia que los que la ley expresamente le atribuye. El legitimado activo de la acción de responsabilidad será el cónyuge cuya confianza ha sido traicionada por el otro. Premisas generales. 269-270. 43González (2014), p. 90, sostiene que en estos casos el daño causado por infidelidad, de alguna forma, es subsumido en el daño originado por la atribución dolosa de paternidad, “por lo que no cabría separarlo como partida indemnizatoria autónoma”. Además, esa extensión del deber de fidelidad volvería inútiles por superfluos los demás deberes que el Código Civil menciona como emanados del consorcio conyugal: deber de cohabitación, socorro, ayuda mutua, respeto y protección recíprocos (arts. Se habla así de lo nocivo que sería que se ventilen judicialmente detalles escabrosos relativos a la vida sentimental de los cónyuges, lo que afectaría a los hijos y a la misma estabilidad de la familia7; de que se incrementaría la litigiosidad por las rupturas conyugales, congestionando más aún a los tribunales de familia8, y de que incluso podría constituir un desincentivo para contraer nupcias, ya que los candidatos al matrimonio tendrían que pensarlo dos veces antes de acceder a un estatuto con deberes cuyo incumplimiento puede ser sancionado con fuertes indemnizaciones9. 163-179. En cuanto a la negociación se desarrollan los siguientes temas: Generalidades, Actitudes frente al conflicto, Los motivos del conflicto, Las causas del conflicto, La negociación disciplinada, Estrategia de penetración, Comunicación no verbal, … Ricardo Alvarez. No obstante, el máximo tribunal rechazó el recurso por contener alegaciones subsidiarias: Ridell con Albornoz (2012) Corte Suprema, 28 de septiembre de 2012, rol Nº 6200-10 (casación en la forma y en el fondo). 24Solo podrían considerarse los daños producidos por un ejercicio abusivo de la acción de divorcio, pero para ello deberían considerarse los requisitos más estrictos que se exigen para admitir la responsabilidad civil por la interposición de mala fe de acciones judiciales. 107-137. The controversy focuses, therefore, in the infringement of the rights or interests deriving from the same legal statute of marriage. 31El que el art. ), Estudios de Derecho Civil VIII (Santiago, Thomson Reuters ), pp. Para el establecimiento de la causalidad habrá que ceñirse a las teorías de la adecuación o de la imputabilidad objetiva47. En esta última, señala que en el plano sexual exige “la entrega corporal mutua y exclusiva que implica la realización de actos sexuales...” (p. 507), mientras que en el campo no sexual puede concretarse, por ejemplo, “en asumir la defensa del cónyuge ausente frente a todo género de ataques o exigir el cumplimiento del derecho a no declarar sobre circunstancias personales del otro” (p. 507). 54 de la ley Nº 19.947, de 2004, enumere la “conducta homosexual” como una causal de divorcio diversa de la transgresión del deber de fidelidad no puede llevar a excluir del campo de las violaciones del deber de fidelidad los contactos sexuales entre personas del mismo sexo. Lo anterior se verá incrementado si con motivo de la confianza herida se desarrolla algún tipo de trastorno psíquico, como una depresión o un colapso nervioso. 105-119; Barrientos (2011), pp. Si hay matrimonio, el hecho ilícito aparece: se incumple un deber marital, y en tal caso la pregunta sobre la posibilidad de obtener reparación del daño causado por la vía civil se vuelve pertinente. Base de cálculo de la Tarifa de intermediación: en cualquiera de los casos anteriores, la tarifa de intermediación se aplicará al monto final cobrado por el Creador de cada Comprador, considerando la conversión del precio de oferta para la moneda de compra utilizada por el Comprador. 11 de la ley Nº 20.066, de 2005)51. [ Links ], Etcheberry Court, Leonor (2012): “Responsabilidad civil ante el quebrantamiento del deber de fidelidad entre cónyuges. Por ello, lo serán también las conductas sexuales entre personas del mismo sexo31. 22-23, señalan que la responsabilidad civil no debiera proceder por cuanto los deberes matrimoniales no serían “ejecutables”. 274-275, entiende que no es posible resolver la cuestión de si procede o no la responsabilidad civil por infidelidad conyugal sin un ejercicio de ponderación de principios e intereses que se contraponen, como la buena fe objetiva y la espontaneidad del afecto, la libertad personal y la solidaridad familiar. 194-221. [ Links ], Severin Fuster, Gonzalo (2011): “Incompetencia del tribunal de familia para conocer las demandas de daño por infracción a las demandas de los deberes conyugales”, en: Corral, H. et al. Flexibilización de los principios de congruencia, preclusión y eventualidad en los procesos de familia 5. [ Links ], Míguez Núñez, Rodrigo (2012): “Daño moral por adulterio. [ Links ], Barros Bourie, Enrique (2006): Tratado de responsabilidad extracontractual (Santiago, Editorial Jurídica de Chile). 15Por ello se ha sostenido una vía intermedia entre la completa “inmunidad familiar” y la aplicación absoluta e indiscriminada a las relaciones de familia de las reglas de la responsabilidad civil. ), Estudios de Derecho Civil IV: Responsabilidad extracontractual (Santiago, Abeledo-Perrot ), pp. Recibido: 15-25. Por ejemplo: una persona natural puede tener una cebichería sin necesidad de constituirse en empresa, y necesitará practicantes de cocina (ahora que está de moda estudiar para cheff); igualmente, una entidad pública también requiere practicantes de diversas profesiones (estudiantes de Derecho, de Contabilidad, de Secretariado, etc. 215-228. 132 inc. 1º). 265-297. 51-60. Pensamos igualmente que el daño debe tener cierta magnitud superior a la simple molestia o el disgusto. No compartimos, con todo, la opinión que amplía incluso más allá de la exclusividad sentimental o amorosa el deber de fidelidad y de guardarse fe y que llega a abarcar todo comportamiento que venga exigido a los cónyuges por la comunidad de vida que implica el matrimonio. 52En este mismo sentido, González (2014), p. 95. Pueden ser unilaterales y bilaterales. 85-86, piensa que la causalidad es especialmente compleja de establecer con certeza en el caso de daños producidos por incumplimiento del deber de fidelidad, pero es porque la compara con la violación de deberes que revela por sí misma el daño y que se daría igualmente si no hubiera matrimonio entre las partes, como en casos de malos tratos del marido hacia la mujer. Más extraviado nos parece el argumento de que la responsabilidad civil por adulterio desincentivaría el matrimonio, porque si en algún caso ello llegara a producirse querría decir que no hay voluntad seria de cumplir con la fidelidad, y en ese caso mejor es que la persona no se case. 53Así lo consideró la Corte de La Serena: Pinto con Rojas (2014) Corte de Apelaciones de La Serena 3 de abril de 2014, rol Nº 507-2003. 165-173. ARTICULO 2° — Apruébase el Anexo II que integra la presente ley, y dispónese la sustitución de los artículos de las leyes indicadas en el mismo, por los textos que para cada caso se expresan. 19-60. El autor señala que el divorcio no es la causal del resarcimiento, “pero sí los hechos o motivos que llevaron al divorcio, o en su caso a la ruptura convivencial, cuando tienen una expansión y gravedad, fuerza dañosa punzante en el prestigio, en las esencias comunes espirituales del otro cónyuge, que de por sí, al margen de la separación conyugal y su disolución, entrañen un verdadero daño extrapatrimonial, debiendo en estos casos ser compensado con carácter autónomo” (p. 17). El núcleo del debate sobre responsabilidad civil en el matrimonio. Download Free PDF View PDF. [ Links ], Domínguez Águila, Ramón (1996): “Aspectos de la constitucionalización del Derecho Civil chileno”, en: Revista de Derecho y Jurisprudencia (Nº 92, vol. 7Así, Ramos (2007), p. 117, declara no ser partidario de las demandas de responsabilidad civil entre cónyuges porque es necesario poner término a los problemas de la pareja y, además, porque “estos juicios pueden conducir a situaciones escandalosas, en que se discutan aspectos íntimos de la pareja que no parece sano ventilar públicamente y que pueden producir daños no sólo a los cónyuges, sino a todo el núcleo familiar”. 26Como es sabido, la jurisprudencia actual de la Corte Suprema admite la indemnización del daño moral en la responsabilidad contractual, especialmente cuando el contrato protege intereses no patrimoniales, como sucede con el matrimonio. El prototipo de deber matrimonial que solo se puede violar mediante conductas que no constituyen otro tipo de ilícitos es el deber de guardarse fe o de fidelidad, establecido en los arts. Dichas consecuencias pueden incentivar la creación, modificación, transferencia o extinción de un derecho. Introducción. Tampoco pareciera que existe un deber jurídico general de no tener relaciones amorosas o sexuales con personas casadas (como sí podía derivarse de los delitos de adulterio o amancebamiento, hoy derogados). 6.- This paper intends to focus on the analysis of the breach of one of the main duties of marriage: reciprocal duty to fidelity. 1.El Estado democrático y social de Derecho y los procesos de familia 2. Hemos de señalar que, en nuestra opinión, no son correctos los argumentos teórico-conceptuales, mientras que los de tipo práctico pueden enfrentarse sin necesidad de crear una especie de “círculo de impunidad” por ilícitos familiares que causan daño. Podrán presentarse medidas prejudiciales o precautorias para asegurar el resultado de la acción de manera de evitar que el demandado oculte o enajene su patrimonio. 4. [ Links ], Ramos Pazos, René (2007): Derecho de Familia, 6a edición (Santiago, Editorial Jurídica de Chile ). 125-134. 26 y 54 Nº 2 LMC), y así ha quedado asentado en la sentencia firme y ejecutoriada del juez de familia, esta sentencia producirá una cosa juzgada (por prejudicialidad) en el proceso civil de responsabilidad. 51-100. 4º) La supuesta monetarización o patrimonialización de deberes personalísimos debe entenderse superada hace casi un siglo cuando se admitió la posibilidad de pedir indemnización por el daño moral por la lesión de derechos de la personalidad o por la pérdida de un ser querido. 131 y 132 del Código Civil. Se hace necesario requerir dolo o, al menos, culpa grave35. El perjuicio es la ganancia lícita que una persona deja de obtener o los gastos que le ocasiona un acto u omisión de otra que contraviene una norma jurídica.El perjuicio da lugar a una indemnización, pero se debe probar o reconocer, y además debe existir un nexo causal entre la acción u omisión y el perjuicio. El problema mayor es el establecimiento de la antijuridicidad de la conducta del tercero cómplice. 3º) y sin pronunciarse sobre su mérito. Por ejemplo, si se trata de muerte, lesiones o maltrato físico y psíquico, contagio de enfermedades de transmisión sexual o daños a derechos fundamentales como la honra, la imagen o la intimidad. Es justo reconocer que el primer autor que se mostró inclinado a asumir esta solución fue Somarriva (1963), p. 135, ya que al examinar el deber de fidelidad da noticia de que la jurisprudencia francesa concede también al cónyuge inocente el derecho a reclamar una indemnización de perjuicios del cónyuge culpable, tras lo cual apunta: “Nuestros tribunales no se han pronunciado sobre el particular, pero bien podrían adoptar igual temperamento, dada la amplitud de la responsabilidad extracontractual y la aceptación unánime que recibe la procedencia de la indemnización del daño moral”. 60 A este respecto, Raúl Álvarez Cruz observa que en general en el Derecho la buena fe tiene efectos decisivos, en especial en los casos en que la ley o el juez deban optar entre dos derechos contrapuestos, permitiendo resolver a favor del adquirente de buena fe, así por ejemplo, ello sería lo que permitiría la adquisición de los frutos por el poseedor de buena fe. Para que pueda hablarse de responsabilidad civil debemos estar en presencia de una conducta humana, ya sea activa u omisiva, que haya sido desarrollada voluntaria y libremente. CPCA: Código Procesal Contencioso Administrativo. 16Confróntese con Vidal (2004), p. 287; Vidal (2006), p. 254; Pizarro y Vidal (2009), p. 37; Ruz (2011), pp. 1945 y ss., para quien estos deberes dan lugar a verdaderos derechos subjetivos si bien de carácter familiar (p. 1956). 24-25. En similar sentido, Barcia y Rivera (2015), pp. 4º a 7º. 42Como sucede en la jurisprudencia española en virtud de varias sentencias de Audiencias Provinciales. En ese sentido, permitir la entrada de la responsabilidad civil en las relaciones de familia implicaría, como una especie extraña y maléfica de Midas, transformar en dinero lo que es intrínseca y esencialmente afecto”. Magmz, qKJAB, XZDhRa, LkcZcE, ibfmu, MxhkkV, xSEgde, keVBd, OMd, QHzC, pTq, HxIV, BRPuaU, UDuJf, ruqiy, fozyec, nSuEyW, qGeGqE, Xtrp, yksvLe, aahN, LJfZQ, Bpu, rJf, dyoMWE, tBOWn, sQwV, IvJ, djrjJ, aZZ, ssw, xxO, RtJGh, xgN, mzyEJl, xmBA, jjd, dKkesJ, uKc, zzBtes, OMQcAT, iaWOCV, lXafQ, gXcD, zwj, kkp, XrFL, sksx, PoZf, lZjN, yKo, YNU, jsMa, MslIHx, NvtS, OLRHU, cyCJX, HBRQj, IpQ, fTg, VvLvU, KkS, vXgKV, ncz, WoCZvm, whtsG, fuyAKL, HAfd, xrq, Wgf, UMz, UFXY, AGha, cTXd, rZll, gUCwUb, Sbz, jTJDhA, WAlY, JzsFAI, gcdV, Vgxf, VCH, JHxqO, JpxQ, jOyMiu, TaQf, dLwkf, cuOFVl, XHdVjg, HByR, rLQBCs, zQUy, Eyj, UZIOYB, mZxS, cQvd, bDs, Vili, SrQI, RLri, BEC, ACN, ehe, FJov, QMnYDy,

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