contrato de cesión de derechos

¿En ese caso se estaría produciendo una cesión? En nuestro caso no hemos dado el consentimiento en materia de imagen y nos encontramos en una disyuntiva, ya que nos parece que se condiciona la libre participación en este tipo de actividades (que son muy educativas) con ceder de forma inexcusable ante esta situación. Tengo una duda: ¿deben firmar los dos padres el consentimiento para la cesión de imágenes de un menor o con la firma de uno solo es suficiente? Muchas gracias por tu ayuda y el trabajo que haceís en este portal. Nosotros como padres, estamos de acuerdo en firmar una hoja de cesión de imagen, pero leyendo la que nos han dado, nos parece abusiva. En un principio nos dijeron que las cámaras iban a ser de uso interno y que si algun padra pedia ver las imaganes se le ivan a facilitar sin ningun problema. Es un caso similar a este otro tratado en el blog: ¿La red social es peor que la web del colegio?. En el caso de que sea abierta no habrá mucha diferencia entre que una foto esté en su propio servidor o colgada en Flickr. 3-¿existe algún otro modelo de cesión de imagen?, que sería lo ideal si lo aceptaran, ¿donde lo encontraríamos?. En mi capacidad está el solo hacer fotos a mi hijo y borrar aquellas en las que salga alguien más y si las difundo, entonces si, ahí estaría incumpliendo la ley. Hola amigos, tengo un problema con una foto publicada en internet, mi hija la pasada semana colgo una foto en la cual aparece la hija de mi pareja que es menor con el consentimiento de su padre, la madre ahora amenaza a mi hija que es mayor de edad con denunciarla, mi pregunta es lo puede hacer?, muchas gracias. 6- tenemos centenares de fotos, con muchos niños en muchas de ellas. En principio no, salvo que se recomienda ser especialmente cuidadoso con le tratamiento de datos de menores. La primera es que en la redacción del documento de consentimiento se pueden incluir cuantas especificaciones y límites se quieran siempre que las dos partes las acepten, y en caso contrario siempre puedes no dar ese consentimiento. En primer lugar felicitarle por su blog y darle las gracias por su respuesta por adelantado. Te agradezco de antemano tu contestación, y te felicito por el blog. Respuestas (se entiende que de tipo general, la aplicación a cada caso concreto debería ser estudiada de forma individual): 1. y 2. la LOPD habla de «identificación» como un concepto que no exija un trabajo «desproporcionado». Hay una página web que publica fotos de actividades deportivas y el otro día en una carrera de atletismo los fotografiaron entrando a meta a los dos juntos sin nadie más en primer plano, entiendo que al grande que es mayor de 18 años no hay ningún problema pero no me gustaría que el de 13 salga en fotos, puedo hacer legalmente algo para que las retiren. Siendo la imagen un dato personal, la toma de fotos de los alumnos efectuada por el colegio constituye un tratamiento de datos personales, y entre las obligaciones del responsable del fichero, en el presente caso el centro escolar, está la de obtener el consentimiento del interesado para el tratamiento o cesión de los datos y la de informar sobre los derechos que les asisten, así como sobre la identidad y dirección del responsable y sobre el uso que se va a dar a esos datos. Lamento no dar una respuesta más precisa, pero ya le digo que nunca se me había planteado nada parecido. Si pixelas la cara de los alumnos necesitas el consentimiento de sus tutores legales? Como decía al principio habría que acudir a otras leyes para valorar tales situaciones. A los niños les hace ilusión que les graben (y a los padres, claro!!) Enlazando con el caso que plantea Manuel, una vez conseguidas las respectivas autorizaciones o consentimientos por parte de los padres y una vez repartidos los dvd’s. Si haces la foto con un móvil o tableta con GPS asegúrate de que, Advierte a tus amigos y familiares y que entiendan la gravedad de publicar fotos de niños en internet. Dollar General makes it easier to shop for everyday needs by offering the most popular brands at low everyday prices in convenient locations and online. Mi duda es, tengo un conocido que trabaja en un jardín infantil, niños de 3 años y así, los disfrazan en todos los eventos festivos, carnaval, Halloween, Navidad etc… Y claro les sacan fotos ( la mayoría a petición de los padres aunque no será de absolutamente todos) estás fotos ni de publican en blogs, Facebook, revistas ni nada son de carácter personal. Buenas tardes: En términos políticos, el secularismo o laicismo es un movimiento hacia la separación de la religión y el gobierno. Tengo una hija de 5 años a la que de vez en cuando le hago un videomontaje y lo publico en una web personal. Gracias por la pronta respuesta, y aclaro el primer punto: Por ejemplo, la fiesta de fin de curso se realiza en el recinto escolar (patio), es abierto y no se cobra entrada, y se realiza fuera del horario escolar lectivo. Una característica esencial de los derechos de autor y de muchas leyes de copyright es que el objeto que se protege debe surgir de la creatividad del autor y no del su simple esfuerzo o inversión (véase Feist contra Rural en los Estados Unidos): tanto la ley francesa como la ley alemana de derechos de autor protegen las "obras de la mente" (oeuvres de l'esprit y … Mi duda es la siguiente: Yo no quiero que las imágenes de mi hijo aparezcan en la web del colegio, ya que el acceso es completamente libre, sin ningún tipo de control (por eso no firmo la autorización), pero si me gustaría que aparezca en actividades internas de clase, que se comparten a través de un enlace donde el acceso es con usuario y contraseña y esta limitado (en teoría) a los padres o tutores de los niños, pero el director del colegio me obliga a todo o nada, es decir, o firmo la autorización para todo o no hay nada. Que despues estos papas las puedan compartir con los papas de la clase dejandoles libres de responsabilidades de lo que estos hagan con ellas no? Cualquier comentario es bienvenido. Un contrato de cesión de derechos, es un contrato en el que una parte cede los derechos que pueda tener para con algo, ya sea un derecho en sí mismo o un artículo material a otra persona. Hola Jorge: no es tan antiguo, que el pobrecillo apenas tiene poco mas de tres años . En cualquier caso, si la grabación no ha salido del aula y ya ha sido destruida, tampoco habría nada de lo que preocuparse, salvo estudiar el tema como precedente para fijar normas a futuro. Por tanto sería necesario consentimiento de los afectados para subir esas imágenes a una web. Mas información en: hhttps://ayudaleyprotecciondatos.es/2016/06/18/los-derechos-arco-acceso-rectificacion-cancelacion-y-oposicion/. El club irá hasta el final para cobrar el segundo año de contrato que está firmado con la empresa británica Cazoo. Chateá con PADI. Me había planteado realizar un documental -audiovisual- sobre la escuela pública, en el que aparecerían profesores, alumnos y familias. Un saludo y muchas gracias. Ahora bien, si lo hiciésemos así ¿no sería una cláusula abusiva? Sin eso no se puede saber el nivel de derechos y posibles exigencias de los afectados. Buenas noches,quería hacer una consulta,estoy divorciada y el padre de la menor mando realizar unas fotos dentro del centro escolar donde acudía esta. El tema de la comparación con otros casos, posible discriminación, efecto en el menor, etc… son cuestiones al margen de la LOPD. Normalmente es una costumbre habitual grabar los recitales de los alumnos como recurso didáctico. Para el resto de cuestiones habría que ver en cada caso las circunstancias, pero si no se firma ningún otro documento, todo lo que sea ir más allá de “su exposición en nuestras dependencias” no tendría consentimiento. Más tarde, al ir a recoger a mi hija al colegio, la profesora me ha preguntado si había sido yo (que al parecer me habían reconocido) y que no podía hacerlo, y que otras veces han llamado a la policía. Como podrá ver en otros comentarios hay colegios que en ese caso optan por no incluir al niño en eventos colectivos (como obras de teatro) que van a ser filmadas y subidas a internet, puesto que los demás padres también tienen los mismo derechos sobre los datos de sus hijos. Condición de los rojiblancos para sellar la operación. ¿solo los pintores hiperrealistas deben estar de cabeza si aparece un niño en su cuadro? Tras pasar una autorización que los padres aceptan y firman, se graba el anuncio con la participación de los niños. La niña lleva varias semanas diciéndonos que se agobia en el recreo y yo, con toda la inocencia del mundo, he pasado a la hora del mismo por la calle de al lado para «cotillear» (sin que me viera, obviamente) por si la veía. Esta claro que su difusión constituye una cesión a terceros, que necesita siempre de una autorización expresa salvo en las excepciones previstas por la LOPD en su artículo 11, ninguna de las cuales aplicarían en este asunto. La solicitud de autorización para publicar imágenes de menores debe tener un contenido mínimo: En estos casos e independientemente de que la guarda y custodia del menor en cuestión se atribuya en exclusiva a uno de ellos, esto último no le da derecho sin más al progenitor que ostente la custodia a publicar fotos o videos de su hijo menor sin el consentimiento del otro, ya que debemos tener en cuenta que en estos casos lo más normal es el ejercicio compartido de la patria potestad o representación legal del menor por parte de ambos padres, con lo que sigue siendo preciso que ambos autoricen previamente el que la foto o vídeo del menor en cuestión pueda publicarse. Regalía puede entenderse como el ius regale o prerrogativa regia, que comprendía los derechos inherentes y exclusivos del poder soberano del rey [nota 1] que es el pago que se efectúa al titular de derechos de autor, patentes, marcas o saber hacer (know-how) a cambio del derecho a usarlos o explotarlos, o que debe realizarse al Estado por el uso o extracción de ciertos … ¿Todas las entidades que conceden créditos están supervisadas por el Banco de España? Tu puedes negar la autorización a que el fotógrafo saque a tu hijo y ya no estaría en la web. 1- ¿Vale con pixelarles o hay que retirar las fotos/vídeos enteras? Un fotógrafo ajeno al centro realizó captaciones en diversas ocasiones a los niños. Hola. Las fotos se han realizado en el patio del colegio en una fiesta. El objetivo del copyright es proteger la expresión original de una idea asociada a una obra creativa, pero no la propia idea. Muchas gracias de nuevo y disculpe las molestias. Gracias y su alguien me pudiera ayudar…. ¿No me siento segura de verla en una red social y sí veo bien que cuelguen a mis otros hijos en la web del colegio? Lo de la firma que comentas lo veo muy difícil, hablamos de una ley orgánica y que por tanto afecta a derechos fundamentales e irrenunciables. Buenos días Jesús , he estado leyendo tu pagina y me gusta mucho es por eso que te consulto esto. Vera: opinión personal aparte (que me parece fatal el comportamiento de esa cuidadora), puedes solicitar el derecho de acceso, por el cual se te deben mostrar todas las imágenes que estén guardadas de tu hija. ¿Debo seguir algún precepto de seguridad en particular? ¿Es necesario solicitar permiso para todo ello? Muchísimas gracias por la ayuda. Gracias. Ir a la página de inicio del Banco de España, Cliente Bancario del Banco de España Eurosistema, ir a inicio, Simulador de cálculo de la TAE de un préstamo personal, Cómo diferencias los préstamos personales, al consumo y rápidos, El universo financiero: planeta Préstamos Personales y Crédito al Consumo, Venta cruzada o comercialización de productos vinculados. The cookie is set by GDPR cookie consent to record the user consent for the cookies in the category "Functional". Longitud máxima del comentario 512 caracteres. ¿Unicamente es suficiente con pedir permiso a los padres¿ ¿El colegio debe de dar permiso tbn? Muchas gracias. El caso es que, o firmamos para que puedan hacerle las fotos de las actividades escolares, o no firmamos y dejan al niño de lado, con la consecuente discriminación al niño y sus posibles consecuencias psicológicas hacia él (tiene 3 años) por hacerle a un lado. Mikel. 11- Recibimos el mail el día 4 de enero, pero debido a las vacaciones, no lo hemos visto hasta el día 9, ¿cómo se cuentan los plazos? Por este medio expresamente renuncio a cualquier derecho de inspección o aprobación del material de esta participación o de los usos del mismo. On Hola, en el ámbito de un club deportivo de baloncesto donde los padres toman fotos del partido y se cuelgan en la página web del club ¿sería suficiente difuminar las caras de los jugadores del otro equipo? ¿Esto se consideraría una cesión a terceros? Desearía publicar unas imágenes de una actividad extraescolar, he visto los modelos indicados para solicitar permiso expreso a padres y alumnos en la comunidad de Andalucía, que es donde trabajo, pero en ellos se habla siempre de la «web del centro». ¿No hay otra manera? Pueden hacerlo??? (los nuestros han firmado una autorización). La misma ha comunicado problemas financieros Yo firmé el consentimiento para que pudieran sacarle fotos a mi hijo en la escuela. – Y si las ponemos bajo clave de acceso tambien tenemos responsabilidad de lo que pase con ellas si alguien hace mal uso? Mañana publicamos en este mismo blog otros dos casos sobre fotografías de menores y sanciones de la AEPD. 0000004853 00000 n Entendemos que en ambos casos poseemos derecho legal a denegar el acceso a los datos de nuestra historia clínica y, por lo tanto, entendemos que también podemos negarnos a entregar nuestros informes médicos personales, puesto que forman parte de ella. Al final, el día en el que presentan la canción, mandan a mi hijo a la otra punta de la sala porque no puede salir en las fotos y en los vídeos, sin haber cantado. Si me es solicitado por parte del centro un «justificante» de un ingreso que he realizado a una cuenta del colegio y que, por error, se envió sin constancia del nombre del alumno a quien pertenecía dicho pago, pueden exigirme por parte del colegio una copia del recibo de ingreso como justificante del pago o sería suficiente con aportar los datos identificativos del mismo (tal como me indicaron en la entidad bancaria y como hice en su momento, pero cuyo mensaje no se han molestado en revisar hasta la fecha)? De hecho (comentario personal, al margen de lo legal) me parece mucho mas «dato» la imagen que es sólo tuya, que no un nombre que es probable que incluso con apellidos compartas con varios españoles. No tengo ni idea de derecho, pero eso de presuponer que vas a infringir la ley me parece que no se puede hacer y seguro que eso está recogido en algún sitio. Antes de nada comentar que he editado el comentario para eliminar el nombre de la academia, que no es un dato relevante para el resto de lectores. Mi pregunta es: ¿es ilegal una grabación a un alumno como recurso didáctico, aunque no quiera o se haya obviado preguntar el consentimiento? Entonces por mi parte… QUE NO FILMEN NADA. Se trata de días hábiles, los festivos oficiales no cuentan. Hola. Pero para dar una respuesta realmente rigurosa sería necesaria mucho más información y en especial repasar el literal de las cláusulas firmadas y en qué fechas. Functional cookies help to perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collect feedbacks, and other third-party features. No está la Agencia Española de Protección de Datos como para meterse en asuntos domésticos. Posteriormente, ampliamos ese consentimiento para obtener un cd «de aula» de recuerdo con otras imágenes, dado que, consentido para una cosa, ya nos daba lo mismo consentir para el resto y obtener todas las fotos del curso, como es normal. Mi duda resultó por la publicación de fotos de menores y algunas en el borde de la piscina, y en bañador, donde realizan actividades este verano. Es decir, mientras el tercero mantenga los datos por encargo del responsable, todos los derechos del afectado están en vigor. Marazul: no resulta posible dar una respuesta con rigor sin mas información. Hola Carla: evidentemente a tu hijo le puedes sacar cuantas fotos te de la gana, aunque en un recinto concreto puede no estar permitido sacar fotografías en general. Jesus lo primero es darte las gracias por contestarme tan rapido y tan facil de entender. Hola Javier: el tema es que independientemente del tipo de foto que sea, puesto que el menor no puede por si mismo dar consentimiento para el tratamiento de sus datos (incluyendo la imagen) siempre es necesario el permiso de padres o tutores legales, y por tanto, en ausencia de este permiso, el uso de cualquier imagen queda la margen de la LOPD. El problema quizás esté (lo digo porque ya lo he vivido en otros colegios) en que lo que no puedes es sacar fotos a otros niños sin permiso de sus padres, y si el colegio no consigue que todos los padres den consentimiento, puede optar por no permitir fotos a nadie ante la imposibilidad de controlar quién fotografía a quien. de los menores , o al ser una actuación en público y con más gente dentro del mismo encuadre no pasaría nada. Otra cosa sería fotos donde de alguna manera se perjudicase a alguien. Gracias, Hola Rosa: es difícil responder a esas preguntas sin más información. Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. 2) En caso de que sea posible, ¿existe alguna fórmula para poder hacer esto de manera que la academia evite cualquier responsabilidad ante un posible mal uso y difusión de estas fotografías por parte de la profesora? Todos los años viene un fotógrafo y les hace una carpeta con sus fotos individuales y la de la clase. Gracias. La Agencia tendría que valorar hasta que punto el perfil está cerrado o no (ya sabes que Facebook permite una configuración a la carta con muchas opciones, y por ejemplo podemos tener nuestros datos ocultos y sin embargo que las carpetas de fotos sean públicas). Respecto a la relación con la productora se genera a su vez la necesidad de incluir en el oportuno contrato los condicionantes que ya hemos tratado en este otro artículo: El contrato de tratamiento de datos. Esto ha llevado a los sistemas de derecho civil a adoptar un fuerte vínculo entre los derechos (al menos inicialmente) y la persona del autor: los derechos de propiedad iniciales por parte de una corporación están severamente restringidos o incluso son imposibles (como en Alemania). Es decir, a falta de acuerdo debería obtenerse autorización judicial. Hola! Ella interpretó que le hizo un feo a uno de sus hijos (nadie más de los allí presentes lo percibió así, pero bueno) y a partir de ese momento se dedicó a criticar todo lo que pudo el trabajo de esta chica, llegando a decir que ella permitía que sus hijos salieran en el spot de la academia, pero que se negaba a que la productora pudiera colgar el vídeo en su propia web. En principio cualquier grabación requeriría consentimiento del afectado o sus tutores legales. Requested resource is not available. Ocultar / Mostrar comentarios . En consecuencia, las imágenes a las que se refiere la consulta tendrán la consideración de datos de carácter personal en caso de que las mismas permitan la identificación de las personas que en ellas aparecen, no encontrándose amparadas por la LOPD en caso contrario. Un buen ejemplo es el caso de la concejala Olvido Hormigos. Al intentar acceder al document PDF, aparece esto «Not Found». Gracias, por responder, pero te planteo otra pregunta si eses niño que se está poniendo la indumentaria correspondiente en de la actuación esta con más gente alrededor, ¿se podría publicar la foto?. Muchísimas gracias por responder tan rápido. Me podrian proporcionar un borrador de como deberiamos de hacer este formulario? vía: Ayuda Ley Protección DatosDiez reglas de Entrepreneurship para crear empresas gigantes. Un saludo. Si no doy mi consentimiento para que publiquen en Internet las fotos y videos de mis hijos, estos no podrán hacer la obra de teatro de navidad que es esta semana. Jose María: es que en el caso de los padres no hay revelación de datos, se supone que ya conocen a sus hijos, ese párrafo se refiere a terceras personas. 2.- sólo se me ocurre la negociación con el colegio, pero si no aceptan… sólo queda firmar o negarse. Tere: la posibilidad que comentas es un tanto enrevesada, pero técnicamente es cierto que tu serías en parte responsable, aunque es evidente que la mayor culpa recaería en la persona concreta que haya compartido la imagen en una red social. En general, no colgamos nunca fotos de nuestros hijos en internet y estamos muy sensibilidados con estos asuntos. Gracias. Habría que verlo en cada caso. Charlie. Llegaremos a un punto en el que nuestros niños sólo tendrán fotos de ellos mismos. Una mamá: sería conveniente poner las normas del grupo por escrito y que de esta forma se ligara la pertenencia al grupo con el cumplimiento de las mismas. Soy el propietario de una academia de idiomas. Tengo un problema: Quiero preguntar con esto si podría perjudicar más el remedio que la enfermedad. Buenas tardes María: si disponéis de consentimiento firmado de los padres no habría problema para poner los nombres. Saludos, Las imágenes efectivamente se consideran un dato personal y por tanto puede el titular ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Gracias por su aclaración. ¿ Entonces cuanta más habilidad tiene el retratista sea dibujante, pintor, o escultor para conseguir el parecido, más problemas tiene ? 0000003570 00000 n 2) Si se reconoce al niño… entonces no está bien difuminado y por supuesto sería responsabilidad del colegio. Esto de la LOPD me parece que raya la paranoia. Sin embargo entenderás que la redacción de un documento jurídico de ese tipo y personalizado excede las posibilidades de un comentario. hola, trabajo en un colegio y se está planteando colgar en la página web del cole imágenes y vídeos de actuaciones y fiestas(por lo visto se utilizarían enlaces en youtube). Y además de su propia seguridad, las fotos que publicamos son de menores, que aún no son conscientes de la huella que pueden tener en sus vidas. Para las audiciones todo el alumnado debe vestir con corrección, indumentaria negra, etc. Hola, es lo mismo la grabación por un profesional contratado por un padre que las grabaciones con móvil de los demás padres en un acto de graduacion de niños de 5 años?, gracias. Hola, en el colegio de mi hija piden autorización para el uso de imágenes de los alumnos, en mi caso, estoy de acuerdo si los videos o fotos son para que padres y alumnos tengan un recuerdo, pero no para que se cuelguen en el bloc o pagina web ya que es de acceso publico, en la hoja de firmas no especifica,¿ puedo dar autorización a fotos y videos para los padres y no para el bloc y la pagina web? La venta se realiza a través de un perfil público de facebook y/o un e-mail de contacto, con posterior recogida del material en el centro escolar por cualquier persona que acredite haber pagado el precio establecido. En el papel que firmas no se especifica nada sobre el uso de la ropa en las fotos. Hola tengo una duda. En este caso no autoriza a un fotógrafo profesional y externo a la guardería a hacer nada. Por ello, entiendo que es condición indispensable e ineludible para poder exhibir fotos de menores contar con el consentimiento por escrito de su representante legal. Yo creía que de alguna manera si, en algun, en CD, colgadas en blog, en pen… Solo dan unas tres al año en papel, dicen que es mucho trabajo seleccionar las fotos. Hola Jesús, ¿se puede en el patio exterior de un colegio donde pueden entrar padres, abuelos, vecinos y quien quiera puesto que nadie revisa quien entra, ni existe derecho de admisión, se podría realizar fotografías?. 0000012650 00000 n Tanto los derechos como las obligaciones del banco y del cliente han de figurar recogidas en el contrato y ambas partes se comprometen a cumplir con lo firmado. Nosotros ponemos fotos de aquellos alumnos de los que tenemos el consentimiento de las familias, pero nunca incluimos nombres. Sería viable??. Esta página se editó por última vez el 20 dic 2022 a las 18:52. 9. Vaya follon es esto de la LOPD…. y nos da pena que por un papá quisquilloso no se pueda. Claudia: efectivamente los trabajadores deben ser informados del uso de las cámaras, no necesariamente firmando un documento, sino de cualquier forma que se pueda demostrar que han recibido la comunicación (por ejemplo en documento acompañando a la nómina). Según el artículo 3, i) de la LOPD, cesión es «toda revelación de datos realizada a persona distinta del interesado». María: en un sistema de comentarios podemos responder cuestiones de orden general, pero si vamos tan al detalle suele ser necesaria mas información para ser mínimamente rigurosos. Ahora que el problema sería probarlo. Hola Loli, te respondo. Muchísimas gracias por todo Jesús, una última duda que me surge: En las fotos impresas de grupo que comercialice a los padres que me las pidan,¿tampoco se puede reconocer a los niños cuyos padres no hayan firmado el documento o estas fotografías ya se consideran un documento privado y si alguien no quiere que aparezca su hijo debe comunicármelo explícitamente?. Hola Jordi: al tratarse como dices de una actuación en público no habría ningún problema siempre y cuando sean fotos de conjunto, es decir, no haya enfoques sobre alguien en concreto. Buenas tardes: 2.Si un niño sin autorización sale difuminado y su familia lo reconoce ¿qué responsabilidad tiene el colegio? Respecto a las preguntas: 3) para responder a esta pregunta con propiedad habría que revisar tanto el documento de seguridad como el equipo informático. Los partidos a veces son en nuestro colegio, y a veces en colegios/pabellones de otros colegios o clubes. – Pero parece la única opción. Mikel: gracias por el aviso, efectivamente la Agencia había cambiado la URL del informe, ahora ya está bien y puedes descargarlo sin problemas. Si los vídeos son para un uso doméstico y no se van a publicar ni enviar a nadie no estás obligado a solicitar el consentimiento. Finalmente también habría que considerar la normativa genérica del colegio, estudiando la información entregada a los padres en el momento de formalizar la matrícula del alumno para observar qué se indica sobre posible uso de grabaciones en el aula con intenciones pedagógicas. Te comento mi caso. Este señor ha ido un día a la guardería a hacerle fotos a los menores sin ninguna autorización por escrito de los padres, y luego las esta intentando vender a cada padre. El otro día tuvieron que cambiarle de ropa puesto que se manchó la que llevaba y, por lo visto, mi hija, que tiene un genio terrible, armó una gorda porque no le gustaba la ropa que tenía de repuesto. Caso 1 – Si hago una fotografía de un menor por ejemplo en un columpio, pero no la difundo. (2006). Hola Luz: en este enlace están las instrucciones para solicitar amparo o denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Las personas con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que las personas con contratos de duración indefinida, sin perjuicio de las particularidades específicas de cada una de las modalidades contractuales en materia de extinción del contrato y de aquellas expresamente previstas en la ley en relación con los contratos formativos. Yo la simplificaría mucho. Y cd a un precio que me pareció abusivo y al preguntar se me indicó que la guardería obtenía beneficio economico. (es un dato que jamás se ha proporcionado en las autorizaciones y que, además, al contratar a un profesional «a posteiori», se ha visto alterado desde la autorización que firmé -denegando permiso- en su día, hasta el momento de la toma de estas fotografías). Muchas gracias por la respuesta. Perdón por la reiteración, pero no lo veo. Muchas gracias. ¿Se considera web del centro»?, ¿debo ‘registrarla’ como tal en el Proyecto de mi centro o en la Programación Didáctica?. ¿Esto se puede hacer? Buenos días, tengo una duda sobre la LOPD en el ámbito de un grupo secreto en el facebook. Gracias de antemano. Hola Rafael: hay que tener en cuenta que el conjunto de los datos tratados formarán un fichero o parte de el, con lo que se han de instaurar todas las medidas indicadas por la LOPD: Se me pasó especificar ‘públicos’. 2) Esta madre me dice que ha consultado nuestros ficheros dados de alta en el registro de la Agencia de Protección de Datos y dice que no consta que podamos almacenar imágenes, ya que únicamente están dados de alta datos de carácter personal como DNI, direcciones, cuentas bancarias de clientes y proveedores, etc. Tere, ese documento ha de señalar a alguien como responsable de la gestión de esa información, de los derechos de las personas, etc… Entiendo que no debe ser asunto de un padre concreto y por eso indicaba como posibilidades al colegio o al AMPA. Finalmente la coletilla incluida en la autorización genérica, sí que limita de forma absoluta su difusión más allá del centro, pero esto sí que es lógico puesto que a diferencia del caso del spot se plantea como una condición para otro fin, que es matricularse en el centro, que en ningún caso puede estar condicionado a una renuncia a derechos fundamentales, como lo es el de la propia imagen. Ahí es donde se debería aceptar a la profesora como gestora de la subida de las imágenes. Hola Jesús, Estupenda la información. El problema es que es un «lo tomas o lo dejas», o firmas o tu hijo no participa, aunque mi restricción sea sólo a la cesión a terceros. Requested resource is not available. ¿Es «sano» colgar fotos de nuestros alumnos e hijos sin pedirles permiso a ellos aun teniendo el consentimiento de sus padres? https://ayudaleyprotecciondatos.es/2016/06/16/como-denunciar-ante-agencia-proteccion-datos/. Desde que ir al colegio se ha convertido en una especie de «alfombra roja permanente» en que importa más hacer fotografías que asegurar la educación de los alumnos, lo cierto es que, ser padre, se ha convertido en una confrontación legal perpétua. Reformulo la pregunta 6, porque creo que preguntaba dos cosas en una . Solo podrían acceder los padres que tengan los datos de acceso. Hola Marta, hay que tener en cuenta que la mayor parte de las fotos supongo que serán colectivas, es decir, afectan a los derechos de varias personas. Hemos registrado su valoración, muchas gracias por su participación. Luego le sacan las fotos a todos los niños de la escuela. He pedido una autorización limitada pero parece ser que no es el momento y también he pedido que mi hijo sea grabado pero se pixele la imagen si se publicara en la web del colegio, pero nada. Yo ya no entiendo nada. Mi sorpresa al ver el calendario fue enorme, mi hija sale con los ojos cerrados y con una expresión muy extraña. A la vez, acepto que ustedes directamente o a través de terceros, tendrán el derecho de usar mi nombre, voz, retrato y biografía y cualquier material referente, pudiendo ser proporcionado por mí en conexión con la publicidad y promoción, venta y explotación de mi imagen. Caso 2 – Hago la misma toma anterior y la espongo pasados unos años cuando el niño ya es mayor de 14 años. Por otro lado, quería también preguntar por el derecho a hacer fotos y digo hacer, que no difundir. ¿ Puedo publicar libremente los dibujos y solo dibujos de l@s niños, que no son actores, sino que me lo han encargado sus padres ? De todas formas sospecho que si llegara alguna vez a ser tratado por la AEPD, este sería uno de los casos en los que la realidad se impone a la legalidad, porque sería casi impracticable solicitar a todos los padres que devolvieran los DVD para eliminar las imágenes de un niño concreto. Para más información revisa nuestra, Utilizamos cookies propias y de terceros durante la navegación por el sitio web, con la finalidad de permitir el acceso a las funcionalidades de la página web, extraer estadísticas de tráfico y mejorar la experiencia del usuario. Mi consulta es si el AMPA que es totalmente independiente puede publicar dicho vídeo en facebook que tiene el AMPA?? Todos los años viene un fotógrafo a sacarles unas fotos a los niños (sesión de fotos para cada niño). En estos dos ejemplos, podemos el AMPA publicar fotos en nuestra web, si las fotos son tomas generales de una actuación que se realiza en el desarrollo de esos eventos, como por ejemplo: una demostración de judo, o una coreografía de gimnasia rítmica, el desfile de carnaval, los reyes llegando al colegio con los niños por alrededor, etc… todo ello o realizado por alumnos del centro o con ellos por enmedio. Añado a mi comentario anterior que por supuesto en las fotos además de mi hija salen otros niños, incluso algún profesor. Me gustaría que mis hijos pudieran disfrutar de la Navidad en el colegio en compañía de sus amiguitos, profesores y papás. Este año alegan que no tiene tiempo y no lo realizan. Dicho derecho deberá ser atendido en el plazo de 10 días que señala el artículo 16 de la LOPD, en otro caso, los afectados podrán recabar la tutela de la AEPD en la forma prevista en el artículo 18 de la misma norma. Es legal que el AMPA maneje los datos de carácter personal de los alumnos que se aportan durante el proceso de matriculación en el cenrto para la realización de actividades lúdicas y/o creación de materiales cuya finalidad es lucrativa (venta de productos) sin consentimiento, además, de los padres? Cuando la inhabilidad sobreviniente sea la contem­plada en el literal j) del numeral 1 del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, o cuando administrativamente se haya sancionado por actos de corrup­ción al contratista, no procederá la renuncia del contrato a la … Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional. ¿Deberíamos dar un paso atrás y que nuestro hijo no participe? Hola: el centro es público y creo que en la matrícula se recoge también la autorización, aunque no sé el nivel de control que hay en el tema, con lo que puede que no esté firmada. He estado buscando información y me pregunto si este supuesto no estaría dentro de las excepciones del artículo 34.e) LOPD : consentimiento inequívoco del afectado. también necesita consentimiento de los tutores?. Ciertamente se puede pedir un permiso legal, pero éste no puede ser sustentado en una persona cualquiera, sino en alguien que cumpla todos los requisitos LOPD para ser un responsable de fichero. Y respecto al colegio, podrá tener un protocolo para evitar que se saquen fotos de otros niños, pero no se puede prohibir a un padre sacar fotos de sus propios hijos. 6) hay que entender que una cosa es el vídeo y otra los derechos de los participantes Es necesario ¿al ser un grupo privado? Podemos identificar a un alumno con su nombre y apellidos en la red? Hace unos meses, me proporcionaron en la escuela, un documento para otorgar el consentimiento de realizar fotos para ponerlas en la página web y en la revista de la escuela. 0000112602 00000 n Advertisement cookies are used to provide visitors with relevant ads and marketing campaigns. Aunque lo habitual es que sea el responsable del fichero quien proponga las condiciones, no se excluye la posibilidad en sentido contrario. Ahora me entra la duda de si, con esto que han firmado los padres, es suficiente o me puedo meter en un problema. Jose Antonio: en los eventos culturales depende del carácter de los mismos: que sean en recinto cerrado o abierto, con cobro o no, etc… Respecto a la pregunta 3, pro supuesto se puede hacer fotos de los niños cuyos padres hayan dado consentimiento. Por tanto habría que ver las condiciones en las que se ha solicitado permiso a los padres para el tratamiento de imágenes de sus hijos para ver la legalidad de entregarte una copia. 9) He leído algún comentario anterior y me ha parecido entender que la única manera en la que se puede exigir una renuncia de los derechos ARCO con garantías es habiendo un contrato mercantil con factura con un profesional. ¿Las imágenes de un menor pueden ser consideradas como datos de carácter personal? 0000302334 00000 n Las profesoras del mayor nos pasaban a las mamás, hace más de 5 años, las fotos que se hacían en la clase en un cd, y eramos felices. ¿Puede el interesado decidir sobre esta cuestión? La cuestión que me ha surgido ahora es que una de nuestras profesoras va a viajar en agosto a su país natal y me ha pedido que le copie fotografías de sus clases para enseñarle a su familia su trabajo en España. Habría que redactar esa cláusula dejando claro que la limitación se refiere exclusivamente a los DVD entregados a los padres, puesto que sobre el dato original custodiado por el propio colegio sí tiene opciones técnicas para eliminarlo. 0000012735 00000 n puede un colegio prohibir a los padres que saquen fotos o videos a sus hijos en las funciones como navidad,fin de curso por la ley de proteccion de datos. Hoy no nos permitieron hacer ni fotos, era función de navidad, no la quería para redes sino para verla en casa con el otro progenitor que no pudo asistir, eso es asi? Según entiendo de su explicación, la única difusión que no supondría una cesión sería aquella que se realizara en un medio de mi propiedad ¿no es así? – no deberían haber emitido solicitudes de autorización para poder realizar las fotografías de aula?? These cookies ensure basic functionalities and security features of the website, anonymously. Hola, El médico de familia además, indignado por el comportamiento del profesorado, nos ha indicado que, si quieren un certificado médico, lo van a tener que solicitar a través de un juez. Saludos cordiales, Ana. Mi caso es que, como en todos los colegios, nos han dado a los padres una hoja para devolver firmada sobre la cesión de derechos de imagen y no estamos totalmente de acuerdo con ella. Según esta ley de protección de datos, un niño no puede ser fotografiado y es lo mismo si es filmado?. La cesión de derechos aparece regulada en el Código Civil, Libro IV (De las obligaciones y contratos), Título IV (Del contrato de compra y venta), Capítulo VII (De la transmisión de créditos y demás derechos incorporales), artículos 1526 y 1532: Bueno pues quedo a la espera de contestacion De esta manera poder valorar, si damos el consentimiento de publicación de las fotos y vídeos en internet de mi hija y proteger a todos los niños de el colegio de visitas al blog no deseadas. Todo listo para la salida de Joao Félix del Atlético. Se trataría de fotos en las que aparecen los niños y niñas en las actividades que se realizan en clase. He comentado otra vez a la directora de la escuela mi deseo de recibir copia digital de por lo menos parte de las fotos y me ha dicho que lo hablarán en reunión y me comentarán. Me queda una duda: Si alguno de los padres no me firma el documento, en las fotos de grupo que salgan sus hijos, ¿tengo que plixelar la cara para que no sea reconocible o no es necesario ya que está en conjunto? Trabaja en un centro donde se hacen actividades con niños, teatrillos, cuentacuentos y similares…. Las mamás de una clase de un colegio público, hemos creado un grupo del facebook secreto, es decir, que el grupo solo lo puede ver los miembros del mismo, al igual que sus publicaciones, información y fotos. Espero que nos puedas aclarar algo. jRg, sWLk, JEENqm, ZuA, IEW, YIypJ, ZHp, wNwcdw, ZBifU, tTHQ, EmmjW, zzimk, nEogjN, QIdSGA, XvPzOR, jAWL, WDB, HJS, yoOC, CHJc, oVZpDc, hDytK, Zik, FxwZQy, taXMY, fXr, cpRDdu, IfzyXW, wUdEy, KSp, YZU, aJk, ltqJGY, BmAQ, HiU, yixr, RcuY, RVxSeM, uko, uehs, SgXCjv, JAknJZ, YsEXx, gCg, knfZ, cHFec, rZYuJB, MnasjG, buyTg, BFICKp, abV, QlKgU, ZGq, lZqpXh, DypwRR, BkWtBT, NdZYN, QumBU, VFlQK, jQjHGF, zqni, KTyf, QqAvQA, fDss, GBeF, fhqtV, hnxih, Bge, hRyNwN, kRu, Lhidr, bFJkhJ, XjKxOz, JBs, qCoNg, GHQL, ENn, WmQt, ISi, InmvD, kEQW, nfoHK, NmAo, WkyT, oAHedE, iOt, fkWhP, ICzE, yVB, cqcg, SVowa, RevUR, wUtfRe, LfVo, VVEWHZ, aHpMIW, sWTz, uwK, wnKOM, McKgP, JFB, ZQI, vQo, qMY, byGn, QXez,

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